Operación Renta 2026: fechas para la devolución de impuestos

El SII activó e informó de los pagos anticipados para quienes declaren en los primeros días de abril.

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Por Cristián Carrión
Actualizado el 1 de abril de 2026 - 4:18 pm

Según el SII cerca de 4 millones de contribuyentes realizar el proceso por internet / Foto: ARCHIVO

La Operación Renta 2026 ya está en marcha y viene con un incentivo claro: quienes declaren temprano podrán recibir su devolución antes que el resto. El proceso, liderado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), proyecta más de 5,1 millones de declaraciones, con un alto número de contribuyentes que ya cuentan con propuestas prellenadas.

El organismo detalló que más de 4,1 millones de personas podrán revisar, corregir y aceptar su declaración en línea, lo que agiliza significativamente el trámite. Sin embargo, el factor clave este año vuelve a ser el calendario de pagos.

Adelanto de devoluciones

El SII confirmó que quienes presenten su declaración entre el 1 y el 8 de abril podrán recibir su devolución el 29 de abril, marcando el primer tramo de pagos anticipados.

En tanto, quienes declaren entre el 9 y el 23 de abril recibirán sus montos el 15 de mayo, mientras que el último grupo que complete el proceso entre el 24 de abril y el 8 de mayo obtendrá el depósito el 27 de mayo.

En todos los casos, los pagos mediante cheque se realizarán el 29 de mayo, independiente de la fecha de declaración.

Revisar antes de enviar

Desde el organismo recalcan que aceptar la propuesta sin verificación puede generar inconsistencias.

Por ello, recomiendan revisar ingresos, retenciones y datos personales antes de enviar la declaración, evitando retrasos o futuras rectificaciones.

Multas e intereses

El incumplimiento del proceso puede derivar en sanciones económicas relevantes. Según el académico Cristóbal Pérez, “hay que tener en consideración que el impuesto adeudado, en el caso de que no se haya pagado a tiempo, se reajustará de acuerdo con la variación del IPC. Además, se va a cobrar un interés penal por el tiempo del retardo”.

El especialista añade que el sistema actual aplica un interés determinado por el SII basado en tasas de mercado, incrementado en un 3,5%, calculado de forma diaria.

En casos más graves, advierte: “La ley establece que se puede cobrar, incluso, una multa de un 100% a un 300% del valor del tributo defraudado”, además de eventuales sanciones penales.

Información el sitio web: www.sii.cl