Nuevo reglamento garantiza acceso efectivo al aborto legal

La actualización exige atención oportuna y sin trabas para mujeres y niñas en las tres causales legales, con control sobre la objeción de conciencia en centros públicos.

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Por Cristián Carrión
Actualizado el 3 de julio de 2025 - 4:25 pm

Los centros de salud pública están obligados a prestar la atención / Foto (referencial): ARCHIVO

Ya rige en Chile el nuevo reglamento de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que asegura el acceso real y efectivo a este derecho en los tres casos que contempla la ley: peligro para la vida de la madre, inviabilidad fetal y embarazo por violación.

La actualización, publicada en el Diario Oficial y ya vigente tras vencer el plazo de impugnación ante el Tribunal Constitucional, refuerza el cumplimiento de la norma y apunta directamente a situaciones que por años han dificultado su aplicación, especialmente por el uso extendido de la objeción de conciencia en hospitales públicos.

El Estado deberá garantizar atención

El nuevo reglamento obliga a los centros de salud a contar con equipos médicos suficientes que no sean objetores de conciencia, con el fin de que ninguna mujer sea derivada o rechazada por falta de personal disponible.

Desde su implementación en 2017, se han reportado casos de mujeres obligadas a trasladarse por largas distancias para recibir atención, debido a que en algunos hospitales todos los médicos se declaraban objetores. Actualmente, en tres hospitales públicos el 100% de los obstetras mantiene esa postura.

La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, afirmó que la modificación “marca un antes y un después” en salud pública y enfatizó que se busca evitar cualquier demora, obstáculo o traslado injustificado, permitiendo que este derecho se ejerza con dignidad, seguridad y en tiempo oportuno.

Objeción visible y protocolos claros

La normativa también obliga a los centros médicos a informar de forma clara si el profesional que atiende es objetor de conciencia. Además, deberán tener a la vista los derechos que otorga la ley a pacientes que enfrenten alguna de las tres causales.

Asimismo, el reglamento establece que todos los establecimientos deberán actualizar sus protocolos de derivación y reasignación, respetando los estándares fijados por el Ministerio de Salud. Las prestaciones no tendrán costo adicional y deben estar garantizadas dentro de la red pública.

Apoyo ciudadano y aplicación real de la ley

La titular de la cartera destacó que esta reforma responde a una deuda del Estado en la aplicación real de una ley que fue aprobada hace siete años y que cuenta con amplio respaldo social. Según encuestas recientes, la norma es apoyada por cerca del 73% de la ciudadanía.

“Hoy damos cumplimiento cabal a una ley vigente, con un estándar de atención que pone en el centro la salud y dignidad de las mujeres y niñas”, concluyó la ministra Orellana.