Prohíben la experimentación en animales para uso cosmético
Este lunes entró en vigencia la Ley 21.646, prohibiendo pruebas en animales para productos de belleza, higiene y cuidado personal.
La Ley 21.646, que entró en vigencia este lunes, prohíbe estrictamente la experimentación en animales con fines cosméticos, abarcando tanto la elaboración de productos como sus ingredientes.
Asimismo, queda restringida la venta, importación y comercialización de productos que hayan sido testeados en animales, posicionando a Chile como el país número 45 en implementar esta medida, junto a naciones como India, Nueva Zelanda y Corea del Sur.
Los fabricantes deberán recurrir exclusivamente a métodos de prueba alternativos aprobados por el Instituto de Salud Pública (ISP) o la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Esto incluye la evaluación de ingredientes, combinaciones y formulaciones finales sin recurrir a animales.
Excepciones específicas a la prohibición
Existen excepciones bajo circunstancias estrictamente reguladas:
-Si no hay métodos alternativos reconocidos por el ISP o la OCDE para realizar pruebas.
-En caso de ingredientes con restricción en su concentración para uso cosmético, registrados en bases del ISP.
-Cuando un ingrediente ampliamente utilizado no pueda ser reemplazado por otro de función similar.
El ISP deberá justificar estas pruebas mediante resoluciones fundadas.
Multas por incumplimientos
Las sanciones incluyen multas desde 0,1 UTM hasta 1.000 UTM según el Código Sanitario, con posibilidad de duplicarse en caso de reincidencia. Además, infracciones en el etiquetado podrían ser penalizadas con multas de hasta 300 UTM.
Chile marca un precedente en la región, fomentando alternativas éticas en la industria cosmética y promoviendo la innovación responsable.
