Presidente Boric y nueva Ley Antiterrorista: “Chile no se rinde ni se arrodilla ante la delincuencia”
El primer mandatario promulgó la nueva Ley Antiterrorista, la que, a su juicio, deja al país en mejores condiciones de enfrentar al crimen organizado”. Conozca los aspectos más relevantes de la normativa.
En una ceremonia llevada a cabo este martes en La Moneda, el Presidente Gabriel Boric promulgó la nueva Ley Antiterrorista, ocasión en que estuvo acompañado por los ministros del Interior, Carolina Tohá; de Defensa, Maya Fernández; de Justicia (s), Ernesto Muñoz; la vocera (s) Aisén Etcheverry; el general director (s) de Carabineros, Enrique Monrás, y el director general (s) de la Policía de Investigaciones, Ricardo Gatica.
El Presidente de la República comentó que esta ley “pone al día a las instituciones del Estado”, destacando que “es producto también de un acuerdo transversal, que es muy valioso”.
Indicó que “el terrorismo es inaceptable en Chile y no podemos permitirlo ni relativizarlo” , asegurando que “la seguridad de nuestros compatriotas es lo más importante”.
“Esta actualización de la Ley Antiterrorista es parte del esfuerzo mayor que estamos llevando a cabo para dejar a Chile en mejores condiciones para combatir al crimen organizado, avanzar con más y mejores herramientas para combatir el delito, con nuevas instituciones, con policías mejor equipadas y más protegidas, con barrios mejor iluminados, con más cupos en las cárceles (…) con fronteras mejor resguardadas”, señaló.
Prosiguió diciendo que “lo importante es decirle a toda esta gente que por más choros que se crean los vamos a encontrar, y los vamos a castigar, y vamos a dar -y estamos dando- señales a la sociedad entera de que Chile no se rinde ni se arrodilla ante la delincuencia en ninguna de sus formas”.
Por lo que, dijo el mandatario, “en esto tenemos que estar todos unidos, sin fisuras en el sistema político. Porque cuando se ven fisuras en estos temas es donde aprovecha el narco y el crimen organizado para meterse”.
Alcances de la Ley Antiterrorista
Reformar la Ley Antiterrorista forma parte del programa de gobierno del Presidente Boric, del Compromiso Transversal por la Seguridad suscrito con las asociaciones de municipios y gobernadores regionales en abril de 2023, y de la agenda priorizada entre el Gobierno y el Congreso Nacional.
Hay que destacar que con la promulgación se deroga la Ley 18.314, de 1984, creada en dictadura. A partir de ahora el Ministerio de Seguridad Pública tendrá la facultad de querellarse por estos delitos además de la obligación de proponer al Presidente de la República una Estrategia Nacional de Prevención y Combate contra las Conductas Terroristas, la cual deberá incluir una propuesta de reparación a víctimas.
También facultará al fiscal a cargo, en casos de alarma pública o de alta complejidad, para solicitar a la Corte Suprema el traslado de la causa a un Tribunal de Santiago.
Moderniza la persecución penal
La ley establece sanciones penales para quienes forman parte de una asociación terrorista por el solo hecho de participar de ella, independiente de que ésta cometa efectivamente los delitos para los cuales se organiza.
La pena se gradúa según el nivel de involucramiento en la asociación terrorista. Además de la pena por los delitos cometidos, se imponen sanciones según las funciones ejercidas en la asociación.
-Presidio mayor grado medio (10 años y 1 día a 15 años) para jefes, fundadores y financistas.
-Presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y 1 día a 15 años) a encargados de reclutar o entregar armamento militar o de combate.
-Presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años) para los demás integrantes.
Mejora la definición del delito terrorista para facilitar la aplicación de la ley
Incorpora definiciones más claras y objetivas de los delitos terroristas, para evitar la dificultad de prueba que supone el ánimo terrorista exigido por la ley vigente.
Tanto la asociación terrorista como los responsables de los delitos individuales “conexo” (vinculados a una asociación) e “inconexo” (independiente de cualquier asociación) deben obrar no ya con un único ánimo terrorista, sino que pueden hacerlo con finalidades o aptitudes alternativas de carácter más objetivo, tales como:
-Socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado democrático.
-Imponer o inhibir alguna decisión de una autoridad del Estado democrático.
-Someter o desmoralizar a la población civil.
Técnicas de investigación y medidas de protección
La nueva normativa armoniza la legislación respecto de las nuevas leyes sobre crimen organizado y reincidencia (21.577 y 21.694), permitiendo la aplicación de:
-Técnicas de investigación especiales, interceptación de comunicaciones, registro de equipos informáticos, captación subrepticia de imágenes o sonidos, agentes encubiertos, reveladores e informantes, entregas vigiladas. Además del captador de señales IMSI Catcher.
-Medidas de protección a jueces, fiscales y testigos.
-Reglas de cooperación eficaz que facilitarán el trabajo de investigación del Ministerio Público.
