Italia garantiza ciudadanía por linaje sin límite generacional

El fallo del Tribunal Constitucional italiano reconoce como imprescriptible el derecho a la nacionalidad por sangre, pese a la nueva ley restrictiva impulsada por el actual gobierno.

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Por Cristián Carrión
Actualizado el 3 de agosto de 2025 - 6:00 pm

Un hijo de italiano recibe automáticamente la nacionalidad, viva donde viva / Foto (referencial): ARCHIVO

Una sentencia crucial de la Corte Constitucional italiana trajo alivio a miles de descendientes de italianos en el extranjero, especialmente en Sudamérica.

El fallo, dictado esta semana, establece que el derecho a la ciudadanía por descendencia —bajo el principio del Ius sanguinis— no puede estar limitado por condiciones adicionales como la residencia, el idioma o la cantidad de generaciones que separan al solicitante del ancestro italiano.

Esto ocurre tras la aprobación en mayo de una polémica ley impulsada por el oficialismo, que restringía la concesión de la ciudadanía sólo a nietos de italianos o a hijos de padres que hayan residido al menos dos años en Italia. La medida afectaba directamente a miles de solicitantes, en su mayoría latinoamericanos, que buscaban obtener la nacionalidad italiana.

La ciudadanía es un derecho constitucional

La Corte dejó claro que el vínculo de sangre es suficiente para acreditar el derecho, siempre que se pueda probar mediante documentación válida. Según el fallo, el nacimiento de un hijo de ciudadano italiano —incluyendo reconocimiento o adopción— otorga de manera directa la ciudadanía, sin que sea necesario demostrar conexión cultural o territorial con Italia.

“La condición de hijo es, en sí misma, el título legítimo para adquirir el status civitatis”, señala el fallo, invalidando así los argumentos utilizados por diputados como Andrea Di Giuseppe (HdI), que durante la tramitación de la ley afirmaron que la ciudadanía no podía ser “una llave para acceder a beneficios del Estado italiano”.

Embajadas deben reactivar solicitudes

Con esta decisión, la justicia italiana establece que ningún juicio en curso podrá ser rechazado por falta de residencia en Italia o por exceso de generaciones. Además, los trámites administrativos detenidos en consulados y embajadas deberán reactivarse, respetando el principio de continuidad del derecho.

Aunque la Ley 74/2025 no fue derogada, la sentencia impone un límite claro al legislador: no se pueden establecer barreras que vacíen de contenido el derecho a la ciudadanía, ya que se trata de un vínculo constitucional protegido por la legislación italiana.

El pronunciamiento marca un antes y un después en los procesos de nacionalización en Europa y revitaliza las expectativas de miles de familias que buscan reconectar legalmente con sus raíces italianas.