Isapres no podrán subir planes sin justificación

Las aseguradoras privadas sólo podrán aumentar sus tarifas hasta un máximo de 3,7%, siempre que presenten una justificación detallada respaldada por documentación que será revisada por la Superintendencia de Salud.

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Por Cristián Carrión
Actualizado el 5 de marzo de 2025 - 3:33 pm

Si una isapre decide subir el precio de sus planes no puede hacerlo antes de junio / Foto (referencial): ARCHIVO

La Superintendencia de Salud publicó en el Diario Oficial el Indicador de Costos de la Salud (ICSA), estableciendo que las isapres no podrán aumentar sus planes en más de un 3,7%.

Este índice define el límite para el Proceso de Adecuación de Precio Base 2025.

De esta manera, ninguna aseguradora podrá aplicar ajustes superiores a este porcentaje sin ser revisada por la autoridad. En los próximos días, las isapres deberán informar si modificarán el precio base de sus planes y justificar cualquier alza ante la Superintendencia de Salud.

Justificación y supervisión

Si una aseguradora opta por aumentar sus tarifas, deberá presentar documentación que respalde la necesidad del ajuste. La Superintendencia evaluará cada caso y determinará si cumple con la normativa vigente.

Una vez analizados los antecedentes, se informará qué aseguradoras aplicarán el incremento, si cumplieron con los requisitos legales y cuál será el porcentaje aprobado para cada una.

Cambio en la fecha de implementación

Con el objetivo de reducir el impacto en los afiliados, la entrada en vigencia de este ajuste se postergó de junio a septiembre de 2025, medida excepcional anunciada por la autoridad reguladora.

Anuncio oficial

El próximo lunes 10, la Superintendencia de Salud realizará una conferencia de prensa para entregar detalles del Proceso de Adecuación Precio Base 2025. En esta instancia, se informará qué isapres han cumplido con la normativa y cuál será el porcentaje final de aumento autorizado, que no podrá superar el tope del ICSA.