Medio siglo después, seis agentes de la DINA son condenados por la muerte de dos estudiantes

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Por El Ágora
Actualizado el 16 de abril de 2023 - 12:38 am

Entre ellos, se encuentran, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y uno de los más crueles esbirros de la dictadura: Miguel Krassnof Martchenko.

Por EL ÁGORA / Foto: ARCHIVO

Miguel Krassnof Martchenko, uno de los esbirros más tristemente célebre de la dictadura, vio caer sobre él una nueva condena, luego que la Corte Suprema confirmara un fallo y rechazara el recurso de casación interpuesto por las defensas de los uniformados que, junto con Krassnof, estuvieron involucrados en la detención y posterior desaparición de dos alumnos del Liceo Manuel de Salas.

Sus nombres eran María Inés Alvarado y Martín Elgueta.

Aparte de Krassnof, los condenados, todos agentes de la DINA, son César Manríquez Bravo (ex general de Ejército y jefe de la Brigada Metropolitana de la DINA), José Yévenes Vergara (ex cabo de Carabineros), Osvaldo Pulgar Gallardo (ex suboficial de Carabineros), Pedro Espinoza Bravo (ex brigadier de Ejército y segundo jefe de la DINA) y Raúl Iturriaga Neumann (ex general de Ejército y subdirector de Inteligencia de la DINA).

Casi medio siglo después del primer recurso presentado a los tribunales, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó las condenas en forma unánime.

En la audiencia, mientras la defensa de Krassnoff Martchenko instaba a que se le aplicara la media prescripción (art. 103 Código Penal), el resto de los cinco condenados pretendían lograr sus absoluciones a través de la invalidación del fallo de la Corte de Apelaciones, que aumentó las penas impuestas por el ministro Leopoldo Llanos en primera instancia.

Sin embargo, los recursos fueron rechazados, La Corte Suprema consideró incongruencias insalvables que impidieron siquiera el análisis. En cuanto a la alegación del art. 103 del Código Penal, se confirmó la jurisprudencia que considera a éste un precepto inaplicable para crímenes de lesa humanidad.

Las penas impuestas fueron las siguientes: Miguel Krassnoff Martchenko, José Yévenes Vergara, César Manríquez Bravo y Osvaldo Pulgar Gallardo, fueron condenados a penas de quince años y un día, como autores de los secuestros calificados de María Inés Alvarado y Martín Elgueta, mientras que Pedro Espinoza Bravo y Raúl Iturriaga Neumann quedan condenados a 13 años, como autores del secuestro de Martín Elgueta, únicamente.

La condena de Espinoza e Iturriaga por la desaparición de este último, se debe a que su nombre fue incluido en una lista de dirigentes del MIR muertos, presos y exiliados, entregada en la conferencia de prensa de febrero de 1975 realizada, de manera forzada, por integrantes del MIR que permanecían secuestrados en la Villa Grimaldi.

La conferencia se llevó a cabo en el entonces edificio Diego Portales, y fue organizada por el mismo Espinoza. En la lista, Martín aparece como exiliado, cuando a la fecha habían pasado alrededor de siete meses desde su detención y desaparición.

En el fallo de primera instancia, dictado hace seis años, los condenados eran once, pero cinco de ellos ya fallecieron.

Esta última etapa de tramitación es la culminación de un largo recorrido que comenzó con la presentación de recursos de amparo en julio de 1974, apenas producidos los secuestros, continuó con las denuncias por presunta desgracia, querellas criminales individuales y colectivas, y solicitudes de designación de ministros en visita para grupos de víctimas de los que formaron parte María Inés y Martín. A pesar de estas y numerosas otras gestiones, las causas de ambos fueron traspasadas a la justicia militar, donde fueron amnistiadas poco antes del término de la dictadura.