Columna de Leo Ramírez: El costo de actuar al margen de la ley

La sentencia de la Corte Suprema contra la Municipalidad de El Monte ha generado reacciones políticas, comunicacionales y ciudadanas. Mientras algunos sectores intentan presentarla como una injusticia, los hechos son otros: el tribunal resolvió conforme a derecho, y a la autoridad comunal le corresponde asumir su responsabilidad en lugar de victimizarse.

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Por El Ágora
Actualizado el 31 de octubre de 2026 - 8:20 pm

La Municipalidad de El Monte tuvo que suspender el servicio gratuito / Foto: INSTAGRAM

Durante el llamado “bencinazo”, el municipio de El Monte implementó recorridos gratuitos con buses eléctricos adquiridos mediante financiamiento del Gobierno Regional Metropolitano. Cientos de vecinos los recibieron como un alivio frente al alza del costo de la vida, y precisamente por ello la medida exigía rigor jurídico.

Una buena intención no convierte una decisión arbitraria en un acto legal, y quien administra recursos públicos no puede escudarse en la popularidad de una iniciativa para omitir el examen de su legalidad.

El conflicto surgió cuando los recorridos comenzaron a competir con las asociaciones de taxis colectivos de la comuna, que recurrieron a los tribunales por competencia desleal.

No se trataba de grandes conglomerados ni de poderosos operadores, como instaló el relato oficial, sino de pequeñas asociaciones de conductores y jubilados que invirtieron sus ahorros para complementar sus ingresos.

Presentarlos como un adversario poderoso fue una caricatura que no resiste el análisis y que buscó desviar la atención del fondo del problema.

Más grave aún es que, durante la tramitación del caso, el municipio no defendiera con rigor la política cuya pérdida hoy lamenta.

No hubo alegatos sólidos en instancias superiores ni una estrategia jurídica consistente. Quienes ahora denuncian persecución optaron por no argumentar técnicamente en los tribunales y luego expresaron su malestar en redes sociales. Si la política era defendible, debió hacerlo donde estos asuntos se resuelven; si no lo era, debió advertirse antes de ponerla en marcha.

La Corte Suprema no actuó por sensibilidad política: aplicó la normativa vigente sobre transporte público. El fallo no elimina el uso de los buses, sino que exige ajustarlos a los fines para los cuales fueron concebidos: atender a grupos específicos y no a la población general en competencia con el transporte local.

Cabe preguntarse si se realizaron las consultas técnicas y jurídicas antes de iniciar el servicio. Todo indica que no, y de ser así, la responsabilidad recae en quienes tomaron la decisión, no en el tribunal que la corrigió.

El fallo genera inquietud en otras comunas con programas similares. No corresponde equiparar todos los casos: donde los buses cubren zonas aisladas sin locomoción o responden estrictamente al proyecto original, la situación jurídica es distinta.

Sin embargo, los alcaldes que mantienen estos servicios, sobre todo de forma intercomunal, están jugando al límite.

Parecen suponer que, ante un accidente, serán los municipios los que respondan por los daños, las lesiones y otras consecuencias más graves. Ese razonamiento omite que la responsabilidad no termina en las arcas municipales.

Para que un vehículo municipal salga de su comuna se requiere, al menos, decreto alcaldicio, justificación de un fin de bien público, orden de cometido y bitácora de viaje. A ello se suman la autorización de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes, el cumplimiento de los requisitos técnicos del vehículo, como cinturones de seguridad y extintores, y las obligaciones propias del conductor.

Si alguno de estos requisitos no se cumple, se incurre en una infracción grave a la normativa sobre vehículos estatales y pueden iniciarse sumarios administrativos por mal uso de bienes públicos.

En caso de accidente, se agregan las responsabilidades civiles y penales que correspondan. Hay razones para creer que, en varios casos, parte de estas obligaciones no se está cumpliendo, algo que los propios municipios deberían despejar con la documentación a la vista.

Es reprochable que diversos políticos hayan respaldado una medida contraria a la legalidad. Es legítimo solidarizar con los vecinos y sus necesidades, pero no justificar una ilegalidad ni cuestionar una sentencia del máximo tribunal del país.

Resulta especialmente criticable, utilizar con fines de figuración pública, un tema tan sensible como el transporte. La necesidad de un transporte accesible es real y urgente, pero la respuesta no pasa por desacreditar a las instituciones ni por construir relatos épicos para encubrir errores administrativos.

La lección de El Monte es clara y objetiva, cuando una autoridad actúa al margen de la ley, incluso con buenas intenciones, termina perjudicando a quienes dice proteger.

Las políticas públicas deben ser sostenibles y ajustarse a derecho; de lo contrario, la realidad termina por alcanzarlas. Y cuando eso ocurre, lo mínimo que cabe esperar es que se asuman las responsabilidades, no que se busquen culpables fuera del propio municipio.

(*) Leo Ramírez es administrador público, comunicador social y editor de prensa.

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