Chadwick no logra desaforar a diputados
La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó la solicitud del ex ministro del Interior Andrés Chadwick, que pedía desaforar a 10 diputados oficialistas por supuestas injurias y calumnias.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó este viernes una solicitud de Andrés Chadwick Piñera, ex ministro del Interior, de desaforar a 10 diputados. Chadwick acusaba a los parlamentarios de vincularlo injustamente con delitos en una acusación constitucional contra la ex ministra de la Suprema, Ángela Vivanco.
Se trata de Lorena Pizarro (PC), Mónica Arce (Independiente), Lorena Fries (FA), Ana María Gazmuri (AH) y Nathalie Castillo (PC). Además de Daniel Melo (PS), Jaime Araya (PPD), Luis Malla (PL), Jaime Sáez (FA) y Nelson Venegas (PS). El tribunal determinó que no existían los requisitos para retirar el fuero a los legisladores.
Sin ánimo de injuriar
El fallo sostuvo que las declaraciones cuestionadas se emitieron dentro del ejercicio de las atribuciones parlamentarias. La Corte explicó que las menciones en el marco de la acusación constitucional no tienen el ánimo de injuriar. Aclaró que formaban parte de un acto político legítimo relacionado con las crisis del Poder Judicial.
En este sentido, la Justicia subrayó que las declaraciones estaban vinculadas al “caso Audios”, que involucra tanto a Chadwick como a la ex ministra Vivanco, quienes están imputados.
No es ajeno a conductas irregulares
La querella de Chadwick argumentaba que los diputados utilizaron su poder legislativo para difamarlo. Esto, al estimar que las palabras vertidas en el libelo acusatorio perjudicaron su reputación.
El fallo señala que “la acusación que motiva la petición de desafuero se presentó en ejercicio de las atribuciones propias de los requeridos (…) Y en el lugar y tiempo en que ella debía ser dada a conocer, que no es otro que el hemiciclo de la Cámara”.
Y concluye: “a juicio de esta Corte, se encuentra claramente ausente el ánimo de injuriar (…) El libelo acusatorio simplemente pretende denunciar conductas profundamente irregulares y a cuyo respecto el requirente no es ajeno. De hecho, es un hecho público y notorio que ha declarado como imputado en el marco del denominado caso Audios”.
