Declaran culpables a siete militares en retiro por el secuestro y homicidio de Víctor Jara

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Por El Ágora
Actualizado el 28 de agosto de 2023 - 7:46 pm

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, señalando se basa “en hechos reales y probados, cumpliendo los requisitos de gravedad, precisión y concordancia”.

Por EL ÁGORA / Foto: ARCHIVO

La Corte Suprema ratificó este lunes la condena a siete ex miembros del Ejército culpables del secuestro calificado y homicidio calificado del cantautor Víctor Jara y del director de Prisiones de entonces, Littré Quiroga Carvajal, delitos cometidos en septiembre de 1973.

La sentencia ratifica lo determinado por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día de presidio como autores de los homicidios, y a 10 años y un día de presidio como autores de los secuestros calificados.

Rolando Melo Silva, en tanto, fue condenado a cumplir 5 años y un día de presidio por encubrimiento de los homicidios y 3 años y un día de presidio por encubrimiento de los secuestros.

La resolución de la Segunda Sala de la Corte Suprema señala que las afirmaciones de los impugnantes carecen de sustento, pues los sentenciadores del grado han fundamentado de manera precisa la participación de los condenados en los delitos investigados. El fallo subraya que la sentencia recurrida cumple con los requisitos legales y rechaza los recursos de nulidad formal presentados.

De acuerdo a una información de Radio ADN, el tribunal enfatiza que las presunciones judiciales que sustentan el fallo están basadas en hechos reales y probados, cumpliendo los requisitos de gravedad, precisión y concordancia. Además, señala que las discrepancias sobre la aplicación de normas o razonamientos jurídicos no pueden fundamentar una causal de nulidad.

De este modo se rechazan los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados por la defensa de los sentenciados, ratificando la condena impuesta por la Corte de Apelaciones de Santiago. En el aspecto civil, el fisco deberá indemnizar a los demandantes por los daños sufridos, lo que incluye compensaciones a la familia de las víctimas.