Suprema condena a ex agentes de la DINA por torturas con violencia sexual
Abogado querellante y una de las víctimas, Alejandra Holzapfel, destacaron la resolución del caso “Venda Sexy”.
Por EL ÁGORA/ Foto: MEMORIAVIVA
En fallo unánime, la segunda sala penal de la Corte Suprema confirmó la condena en contra de tres ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su participación en secuestros calificados y aplicación de tormentos con violencia sexual en contra de seis detenidas y cuatro detenidos que entre septiembre y diciembre de 1974 permanecían en el centro clandestino conocido como “Venda Sexy”, ubicado en Macul.
Los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, María Teresa Letelier, Eliana Quezada y el abogado (i) Gonzalo Ruz, luego de rechazar el recurso de casación en el fondo interpuesto por la defensa de dos de los condenados, confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a Manuel Rivas Díaz, Hugo Hernández Valle y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a una pena de 15 años y un día de presidio.
El máximo tribunal rechazó así la aplicación de la figura de la media prescripción para reducir las penas de los condenados, por tratarse de crímenes de lesa humanidad.
La sentencia establece que Cristina Verónica Godoy Hinojosa, Laura Ramsay Acosta, Beatriz Constanza Bataszew Contreras, Sara Gabriela de Witt Jorquera, Carmen Alejandra Holzapfel Picarte y Clivia Marfa Sotomayor Torres fueron víctimas de tormentos con violencia sexual por parte de los autores.
Mientras que Agustín Julio Holgado Bloch, Luis Rodolfo Ahumada Carvajal, Eugenio Ambrosio Alarcón García y Luis Humberto Bernal Venegas sufrieron secuestro calificado y aplicación de tormentos.
El abogado querellante, Francisco Ugás Tapia, coordinador del estudio jurídico Caucoto Abogados, señaló que el fallo “permite cerrar este largo y complejo camino por verdad y justicia por el que han transitado, con una enorme fortaleza, quienes sufrieron estos terribles crímenes. Al mismo tiempo destaco y valoro que en la sentencia se reitere esta relevante jurisprudencia en torno a la inaplicabilidad de la prescripción gradual o media prescripción en casos relativos a crímenes de lesa humanidad”.
En tanto, una de las víctimas, Alejandra Holzapfel, dijo recibir “con mediana alegría la noticia del fallo de la Corte Suprema, en que se confirma lo resuelto por la Corte de Apelaciones y se valida que fuimos sometidas a tormentos de índole sexual en el centro de secuestro, tortura y exterminio”.
Holzapfel apuntó que “se ratifican las condenas a 15 años, rechazando los recursos de casación presentados por Rivas y Hernández, ambos torturadores de la Policía de Investigaciones”.
De acuerdo a la investigación del ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, la DINA mantuvo “durante los años 1974 y 1975 diferentes recintos encubiertos para mantener recluidos a prisioneros políticos. Uno de estos sitios estuvo en calle Irán 3037 de la comuna de Macul, lugar de encierro y tortura al que llamaron ‘Venda Sexy’ o ‘La Discoteque’, en razón de las agresiones y vejaciones sexuales a que fueron sometidos los prisioneros”.
