Ordenan indemnizar a familia de niña asesinada en 1973
El tribunal declaró el crimen como una grave violación a los derechos humanos y subrayó que la responsabilidad del Estado es imprescriptible, descartando que reparaciones administrativas sustituyan la compensación judicial.
El Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a indemnizar a la madre y a la hermana de Alicia Marcela Aguilar, una niña de 6 años que murió tras recibir un disparo de Carabineros el 18 de septiembre de 1973 en la Plaza Panamá, en Santiago.
A más de cinco décadas del golpe de Estado, la justicia sigue reconociendo la responsabilidad del Estado en violaciones a los derechos humanos cometidas durante el régimen militar.
Tribunal rechaza argumentos del Estado
La sentencia, dictada por el juez Matías Franulic, estableció que los hechos configuran un crimen de lesa humanidad conforme al derecho internacional, lo que hace que tanto la responsabilidad penal como la civil sean imprescriptibles.
La defensa del Estado había alegado que las demandantes ya recibieron beneficios del Programa de Reparación y Atención Integral en Salud (Prais), además de pensiones y otras prestaciones. Sin embargo, el tribunal fue categórico: estas medidas administrativas no reemplazan el derecho de las víctimas a obtener una indemnización judicial.
La imprescriptibilidad y su alcance
El fallo también descartó que razones presupuestarias puedan limitar el acceso a la reparación.
El magistrado subrayó que aceptar la imprescriptibilidad penal pero negar la civil sería una contradicción jurídica: “No sería razonable permitir la persecución penal sin reconocer la responsabilidad patrimonial derivada del mismo hecho. Quien puede lo más, puede lo menos”, señaló.
Reparación integral a la familia
La resolución enfatizó que la compensación no puede limitarse sólo a la víctima directa, en este caso una menor de edad, sino que también debe considerar el daño causado a su entorno familiar. “Ignorar los derechos de la madre y de la hermana significaría perpetuar la vulneración”, destacó el fallo.
Con esta sentencia, la justicia reafirma que los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura siguen generando responsabilidades legales, y que el Estado debe responder tanto en lo penal como en lo patrimonial frente a las víctimas y sus familias.
