Multan a Carozzi por agua saborizada con edulcorantes artificiales
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 100 UTMs contra el fabricante de “Vivo Agua” sabor frambuesa.

En fallo unánime, la novena sala Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa sanitaria por 100 UTMs aplicada a Carozzi SA.
A la fábrica de jugos y bebidas de fantasía -entre otros- se le sanciona por utilizar edulcorantes artificiales en la elaboración de aguas saborizadas.
La Corte confirmó la multa por unos 6,9 millones de pesos por la resolución dictada por el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago. En el fallo, el tribunal de alzada descartó un yerro en la sentencia impugnada por Carozzi.
Los ministros Hernán Crisosto y Maritza Villadangos y el abogado integrante Manuel Luna respaldaron así la decisión de la seremi de Salud Metropolitana. La entidad decretó la prohibición de comercialización y expendio del producto “Vivo Agua” sabor frambuesa.
Otras marcas y productos similares
“Compartiendo los argumentos del tribunal, se confirma la sentencia del 21° Juzgado Civil de Santiago de 12 de diciembre de 2022”, consigna el fallo.
La sentencia de base confirmada estableció que la prueba rendida por la reclamante es la misma que acompañó al expediente administrativo.
“Esta no tuvo por virtud desvirtuar la presunción de veracidad que entraña los hechos constatados por el agente fiscalizador, conforme lo dispone el artículo 166 del Código Sanitario. Tampoco logró el cometido propuesto por la parte que lo presentó en estos autos, en razón que no se pudo acreditar que la naturaleza del producto expendido correspondía a una bebida con sabor a frutas. Esto, porque la forma en que se presenta el producto efectivamente induce a error, tal como lo advirtió y sancionó la autoridad sanitaria”, dice el fallo.
Agrega que “de la misma forma, no cabe pretender eximirse de responsabilidad al indicar que otras marcas comercializan productos similares libremente, ya que. Esto, pues el sumario sanitario y estos autos sólo pueden pronunciarse al tenor de la denuncia y reclamo formulados”.